domingo, 17 de mayo de 2015

EL PAGO

Cheque personal: es aquel emitido contra la cuenta corriente de una persona física o jurídica (empresa). A los titulares de cuentas corrientes se les entrega un talonario personalizado con cheques impresos que pueden utilizar como medio de pago, y en los que figuran:
El número de cheque y código de identificación. El Código Cuenta Cliente (CCC) que identifica la cuenta.
El uso del cheque personal como medio de pago ha disminuido con la aparición de otros más cómodos, como las tarjetas de crédito y la banca online, pero sobre todo debido a los inconvenientes que dificultan su cobro.
Para hacer efectivo el pago de un cheque personal, es necesario que el librador disponga de los fondos necesarios en la entidad que figura como librado. Es decir, si alguien le paga con un cheque personal, usted no tiene garantía de poder cobrarlo. Si el librador no tiene dinero suficiente en su cuenta, el banco no lo abonará y usted tendrá que reclamar el pago. Las entidades cobran además altas comisiones por cada cheque devuelto por fondos insuficientes; en España, estas comisiones (normalmente un 2%-3% del valor del cheque, con un mínimo de 9 Euros) no las paga quien coloca el cheque sin fondos, sino el que lo presenta para su cobro.
Incluso cuando hay fondos suficientes, si no se cobra el cheque en la misma entidad que el librado (incluso en la misma sucursal), el beneficiario tendrá que pagar una comisión.
Por último hay que citar los problemas relacionados con la seguridad. Existe la posibilidad de fraude por falsificación o alteración del cheque, lo que puede perjudicar tanto al emisor del mismo como a la persona que lo pretende cobrar.



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